Repatriación de activos robados: ¿por qué fracasan los acuerdos internacionales?

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En medio de la apertura petrolera, las licencias de la OFAC y la llegada de nueva inversión extranjera, Venezuela continúa sin recuperar de forma significativa los miles de millones de dólares saqueados durante dos décadas.

Transparencia Venezuela ha documentado al menos 127 casos de corrupción vinculados a Pdvsa que comprometen más de 42.000 millones de dólares. La prensa refleja muchos más, algunos con evidencia suficiente para que la Fiscalía actúe de oficio por notitia criminis, sin embargo; las velocidades oscilan entre lento, muy lento y apagado institucional. Los reportes indican que, solo entre 2021 y 2022, redes con empresas fantasma exportaron petróleo por 11.000 millones sin transferir recursos al Estado. Y eso es solo petróleo, también están los restantes hidrocarburos, CLAP, oro, repuestos para aeronaves militares, entre otros.

Investigaciones de Asoveca han rastreado flujos ilícitos hacia Europa, identificando estructuras en España, Suiza, Bulgaria y Liechtenstein que facilitaron el desvío de al menos 3.200 millones de dólares entre 2018 y 2024. Esta evidencia confirma que los capitales sí son localizables; lo que falla es la voluntad política y la coordinación procesal.

Si se pueden perseguir estos capitales. Los instrumentos internacionales existen y son claros. La Convención de Palermo (2000) y la UNCAC (Arts. 51–57) establecen la obligación prioritaria de repatriar los bienes decomisados al Estado víctima. La Iniciativa StAR (Banco Mundial-UNODC) y la Ley PANA en Estados Unidos proponen un “Venezuela Restoration Fund” para gestionar activos recuperados con fines de gobernanza, derechos humanos y anticorrupción. No obstante; en la práctica la repatriación enfrenta incumplimiento sistémico de obligaciones internacionales.

Los fracasos tienen (además de los intereses), causas estructurales: falta de continuidad institucional; obstáculos probatorios (opacidad corporativa, criptoactivos, paraísos fiscales); y selectividad de la cooperación internacional que avanza cuando coincide con intereses geopolíticos, pero exige un Estado venezolano creíble y mecanismos que impidan la re-corrupción (por llamarlo de alguna manera). Todo esto se complica cuando los procesos se resuelven bajo esquemas de “comisiones” que encubren desvíos visibles, y donde los intermediarios suelen ser testaferros de altos jerarcas.

Hay grupos organizados que nos hemos dedicado durante años a la cacería de los boliburgueses y sus fortunas en el exterior. Asoveca por ejemplo, ha presentado denuncias ante muchas autoridades en Europa, especialmente Fiscalías, Eurojust y GAFI documentando decenas de operaciones sospechosas que vinculan testaferros con entidades bancarias europeas. Esta labor, junto a la de colegas en la diáspora, demuestra que la persecución es posible cuando hay determinación. Procedimientos impulsados por la sociedad civil ya han logrado el bloqueo de fondos vinculados a flujos irregulares. La complicación radica en que la determinación proviene de iniciativas privadas, no de la persecución estatal que debería liderar el proceso.

¿Qué hacer y cómo hacerlo para repatriar y utilizar bien el dinero? La verdadera transición exige mecanismos concretos y permanentes.

Primero: Crear una comisión internacional independiente de recuperación y gestión de activos, con veeduría de organismos multilaterales (ONU, Banco Mundial, StAR), participación vinculante de la sociedad civil y la diáspora, y protocolos estrictos de transparencia y auditoría en tiempo real. Esta comisión debe integrar como fuente técnica a entidades especializadas, cuyo trabajo de rastreo patrimonial y denuncias ante autoridades europeas constituya evidencia procesal válida.

Prioridad: Enjuiciamiento y rastreo permanente de todo tipo de bienes de imputados y testaferros, en especial inmobiliarios, corporativos, criptoactivos y cuentas en paraísos fiscales, utilizando mecanismos como el decomiso sin condena (NCBF) vigente en Reino Unido y Suiza, y la Directiva UE 2014/42/EU.

Control: Administrar las inversiones del dinero repatriado priorizando reparación inmediata en salud, educación y servicios básicos; licitaciones públicas transparentes; y trazabilidad tecnológica con validación probatoria (blockchain como complemento, no como prueba autónoma).
Ejemplo urgente: Las 31 toneladas de oro venezolano valoradas en más de 4.000 millones de dólares, retenidas en el Banco de Inglaterra, deben resolverse y repatriarse bajo control independiente.

Función estable: Establecer un marco legal interno que obligue a la rendición de cuentas: impulsar legislativamente una ley de repatriación de activos con participación ciudadana, prohibición de mezclar fondos recuperados con presupuestos ordinarios sin veeduría externa, y sanciones penales agravadas por cualquier desvío o colusión.

Función integradora:  Involucrar activamente a la diáspora y a facilitadores extranjeros. Especialistas venezolanos en el exterior deben actuar como acusadores privados y veedores, manteniendo presión constante sobre bancos, bufetes y gestores que incurrieron en complicidad por omisión o negligencia en los estándares de debida diligencia reforzada (GAFI Rec. 4 y 10). Asimismo, debe aprovecharse la vía del exequátur para ejecutar en Europa sentencias extranjeras o venezolanas de transición, cerrando el circuito de impunidad patrimonial.

¿Cómo es posible que al más famoso de los bolichicos, Leopoldo Betancourt López, entre sus medidas cautelares se le permite viajar en su avión privado entre sus propiedades, pese a que ese activo y gran parte de su patrimonio se presume adquirido con recursos de origen ilícito? Estos casos ilustran la urgencia de perseguir no solo el dinero líquido, sino todo el espectro de bienes mal habidos y hacer seguimiento a las causas judiciales.

Sin mecanismos procesales claros, cualquier repatriación será efímera. La justicia patrimonial no es opcional: es la base de una transición creíble.

Mi llamado es a unirnos en favor de la persecución de capitales. La sociedad civil organizada, ha demostrado que es posible documentar, rastrear y denunciar estos flujos ilícitos con estándares probatorios internacionales. Es urgente pasar de la retórica de Palermo y la Ley PANA a acciones concretas que devuelvan al pueblo venezolano lo que le fue arrebatado y garanticen que se invierta con honestidad y control ciudadano. Manos a la obra.

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