Por Salvador Pimentel Rojas
El mundo de 2026 no es más seguro que el de hace una década. Según el Global Terrorism Index 2025, el número de países afectados por atentados terroristas subió de 58 a 66, y el Sahel sigue siendo el epicentro global, concentrando más del 50 % de las muertes por terrorismo. Grupos afiliados a Dáesh y Al-Qaeda multiplican ataques, mientras los “lobos solitarios” —radicalizados en línea— dominan la letalidad en Occidente. Amenazas híbridas, proliferación de armas de destrucción masiva en manos no estatales y la designación de carteles como organizaciones terroristas completan un panorama donde la violencia indiscriminada atenta directamente contra la esencia de la humanidad: el derecho a la vida, a la seguridad y a la dignidad.
Frente a esta realidad, la erradicación del terrorismo no es una opción política ni una cuestión de “seguridad nacional” aislada. Es un imperativo ético y jurídico por el bien de la humanidad y en respeto profundo a los derechos humanos. Quien atenta contra civiles inocentes, busca sembrar terror y destruir el tejido social, comete un crimen que viola los valores más elementales consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales. El terrorismo es, en todos los casos, un crimen de lesa humanidad y un ataque a la paz y seguridad internacionales, tal como lo reconoce la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo.
Pero —y este “pero” es esencial— la lucha contra el terrorismo solo es legítima y efectiva cuando se realiza dentro del marco del Estado de Derecho, respetando escrupulosamente los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario (DIH). No se combate el terror con terror. No se defiende la dignidad humana pisoteándola. Esa es la línea roja que separa a las democracias de los regímenes autoritarios y de los propios grupos terroristas.
¿Por qué es obligatorio erradicar el terrorismo? La prioridad es proteger la especie humana, por ello es fundamental apoyar el programa de desarme nuclear. Si no me creen, queridos lectores, les animo a que me respondan todos aquellos que han sentido a Putin y a Kim Jong-un como amenazas reales.
Las armas nucleares pueden extinguir la vida humana, pero el terrorismo no nuclear también mata a miles al año, asi que atenta contra el sagrado derecho a la vida. Cada atentado genera sufrimiento colectivo, permitir que estas amenazas persistan equivale a resignarse ante la violación sistemática del artículo 3 de la Declaración Universal.
Otras razones de altísima importancia son: preservar la convivencia pacífica y el desarrollo. Está claro que el terrorismo destruye economías, desplaza poblaciones y alimenta ciclos de pobreza y radicalización. Erradicarlo es condición indispensable para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Y finalmente: defender la universalidad de los derechos humanos. Cuando un grupo terrorista impone su ideología por la fuerza, niega la libertad de pensamiento, de religión, de expresión y de asociación. Combatirlo es defender que ningún ser humano pueda ser instrumentalizado como objeto de miedo.
Ya está claro que el Derecho protege con fuerza y valor de guerra a la erradicación de los líderes y regímenes negativos en el marco de la lucha contra el terrorismo y el narcotráfico. En efecto, siento que depuestos Nicolás Maduro, Nemesio Oseguera “Mencho” y el ayatolá Ali Jamenei el mundo es un lugar menos hostil. El destino es implacable, más aún cuando los seguidores de estos asesinos alegan en su favor derechos que nunca le concedieron a sus detractores. Aun así, el tema va más allá: se trata del interés general, se trata de proteger la vida incluso cuando es necesario usar la violencia.
La fuerza excesiva y la superioridad en teoría son guerras asimétricas, las mismas que han vivido en las calles los manifestantes contra los gobiernos represores y los inocentes contra los carteles de la droga u organizaciones terroristas. Por lo cual, se puede interpretar que la asimetría es la base para imponerse. La diferencia es que la Ley está del lado de quien la aplica con justicia y orientación humanista, no de parte de los estados narcoterroristas que más que países se transforman en potencias delincuenciales transnacionales
Está puesto sobre la mesa la legitimidad de la persecución internacional (militarmente hablando). Aquí es donde iniciamos a estudiar las reglas que no se pueden romper, ya que vienen de la mano del Derecho Internacional Humanitario en sus Convenciones de Ginebra de 1949 y Protocolos Adicionales, y desde luego desde los Principios Generales de los Derechos Humanos. En su conjunto son claros incluso en contextos de conflicto armado no internacional:
- Principio de distinción: solo se puede atacar objetivos militares legítimos. Los civiles y la población civil nunca son blanco lícito.
- Principio de proporcionalidad: el daño incidental a civiles no debe ser excesivo en relación con la ventaja militar concreta y directa.
- Prohibición absoluta de tortura, tratos inhumanos o degradantes: ni “técnicas mejoradas de interrogatorio” ni centros de detención secretos.
- Debido proceso y juicio justo: incluso el terrorista más peligroso tiene derecho a un proceso con todas las garantías. La justicia sumarísima o las “listas negras” sin control judicial generan más radicalización que soluciones.
- Prohibición de ejecuciones extrajudiciales: el uso de drones o fuerzas especiales debe sujetarse a reglas estrictas de necesidad y proporcionalidad, con rendición de cuentas posterior.
Estas son las reglas más elementales, aunque existen otras limitaciones, como: uso de equipos o armamentos prohibidos (bombas de racimo, armas químicas, entre otras); uso del hambre o contaminación como armas; daños irreparables al medio ambiente, flora o fauna (por ejemplo, generar incendios masivos o utilizar material radioactivo). Como anotación interesante debo decir que de forma taxativa ninguna de estas últimas está establecida en tratado alguno; existen porque el DIH ha venido siendo progresivo y protege casi tácitamente con estas prohibiciones.
Ahora vamos a otro lío: la moneda siempre tiene dos caras. Hay defensores del terrorismo que han venido insistiendo en que las medidas antiterroristas en algunos casos violan estos principios. Cuando eso ocurre, nadie puede defender al agresor aunque de origen la ley le acompañó; pero cuando se violan, no solo son ilegales sino también contraproducentes. Alimentan el relato de “víctimas de Occidente” que usan los grupos radicales para reclutar. La solución no es erradicarlos a todos porque sería profilaxia étnica; la solución es cambiar la orientación del régimen para evitar radicalizaciones. De aquí la importancia de erradicar al Líder Supremo y garantizar un gobierno democrático que se le ha negado al pueblo iraní.
También pasó en Venezuela, no se me olvidó… pero Irán es una amenaza superior a los bolivarianos aunque en la misma proporción me llena de felicidad que ha iniciado el camino a la desaparición de ambos regimenes (y faltan otros).
A modo de reflexión comparto mi opinión de que ante cualquier amenaza global, la respuesta también debería serlo. La Corte Penal Internacional, Eurojust, Europol, Interpol y los mecanismos como el GAFI no sabemos por qué no están tomando acciones eficaces; tienen un rol clave que no han venido asumiendo. De aquí la proliferación de amenazas: actualmente hay al menos 60 conflictos armados https://en.wikipedia.org/wiki/List_of_ongoing_armed_conflicts y el mundo sigue mostrándose vulnerable. Nada lo ha detenido, ni siquiera lo romántico del propio preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas: “nosotros, los pueblos de las Naciones Unidas, resueltos a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra… hemos decidido unir esfuerzos para realizar designios”. La humanidad ganará cuando estemos unidos como lo estuvimos cuando reconocimos las amenazas globales en 1945.

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